La página antigua mezclaba tres trámites que no comparten una fórmula. Esta versión los separa para evitar resultados falsos: la patente depende del capital propio y una tasa municipal; el CAE se cobra en UF; y SERMIG calcula cada multa migratoria según causal y gravedad.
Patente comercial municipal
El artículo 24 establece una tasa anual entre 2,5 y 5 por mil del capital propio, con mínimo de 1 UTM y máximo de 8.000 UTM. La municipalidad fija la tasa concreta y puede agregar otros derechos.
Cuota del Crédito CAE
El CAE se otorga y cobra en Unidades de Fomento. No corresponde multiplicar la cuota por la UTM. El banco administra el pago y Comisión Ingresa entrega el simulador y las reglas sobre rebaja al 10% de la renta o suspensión por cesantía.
Infracciones migratorias
El portal de SERMIG genera automáticamente el monto en UTM usando la causal, gravedad, fechas y reincidencia declaradas. La declaración voluntaria puede aplicar una rebaja de 50%; no debe descontarse nuevamente si la tabla oficial ya muestra valores rebajados.
Cuando ya tengas las UTM de una resolución, puedes documentarlas en el comprobante UTM.
Qué dato necesitas antes de calcular
| Trámite | Unidad | Dato decisivo | Quién determina el monto |
|---|---|---|---|
| Patente comercial | CLP y UTM | Capital propio y tasa por mil | Municipalidad |
| Crédito CAE | UF | Cuota del calendario o simulador | Banco y Comisión Ingresa |
| Infracción migratoria | UTM | Causal, fechas, gravedad y reincidencia | SERMIG |